La instalación de desfibriladores en espacios públicos está regulada únicamente en cuatro CC. AA.

En España se producen cada año aproximadamente 30.000 muertes al año por paradas cardiorrespiratorias, cifra que podría reducirse de manera significativa si se aplicara la desfibrilación a la víctima en los 5 primeros minutos Tras un paro cardíaco, el índice de supervivencia en nuestro país se sitúa en el 4 por 100,  mientras en Estados Unidos el porcentaje que se eleva hasta el 50 por 100 gracias a la  presencia masiva de DESA.

Los DESA son desfibriladores de uso público que requieren poca capacitación para su manejo. Advierten en el momento de la descarga al usuario, indicándole que hay que separarse del paciente y pulsar el botón que activa la desfibrilación y le muestran los pasos a seguir durante todo el proceso.

Frente a este escenario tan sólo cuatro Comunidades Autónomas (CCAA) han establecido la obligatoriedad de instalar estos equipos en los espacios públicos: País Vasco, Cataluña, Andalucía y Canarias según B+Safe, la empresa especializada en la aplicación de tecnologías innovadoras en la seguridad corporativa a nivel de accesos, bienes y personas.

En 2009 el gobierno español sentó las bases para la regulación de la presencia de DESA en el Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo que establece las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de estos equipos fuera del ámbito sanitario.

Esta normativa pone en valor la importancia de la protección de la salud y cómo los desfibriladores pueden ayudar a salvar vidas en casos de paradas cardiorrespiratorias  causadas en un 85 por 100  de los casos por la fibrilación ventricular, según avalan organismos médicos internacionales. Sin embargo, deja en manos de las CC. AA. el establecimiento de los requisitos para su uso, la promoción y la recomendación de su instalación, de acuerdo con las indicaciones de los organismos internacionales, en aquellos lugares que registren gran afluencia de personas como centros comerciales, aeropuertos, estaciones de viajeros, etc.

“La realidad es que trece CC. AA. carecen de normativa propia al respecto. Resultan especialmente llamativos los casos  la Comunidad de Madrid y la Comunidad Foral de Navarra tienen dicha legislación en borrador o pendiente de aprobar”, Nuño Azcona, Director General de B+Safe.

Las CC. AA. sin legislación son: Madrid, Galicia, Asturias, Cantabria, Aragón, Comunidad Valenciana, Murcia,  Islas Baleares, Castilla La Mancha, Extremadura, Castilla León, La Rioja,  Navarra. Tampoco la tienen las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Se da la circunstancia de que las cuatro CCAA que han desarrollado normativa propia  para aplicar la cardioprotección en su territorio, lideran la presencia de DESA en espacios públicos en nuestro país, según destaca B+Safe.

 

Espacios cardioprotegidos

La cardioprotección es una tendencia emergente orientada a la protección del corazón en caso de episodios cardíacos. El gran número de muertes por paro cardíaco en la población, ha animado a gobiernos, empresas, entidades y asociaciones a concienciar a la población y tomar medidas que permitan revertir la situación gracias a la creación de zonas o espacios cardioprotegidos. Estas zonas cuentan con, al menos, un desfibrilador, con mantenimiento garantizado y con personas adecuadamente formadas para poder garantizar una rápida actuación en caso de paro cardíaco (para conseguir que vuelva a latir el corazón de la persona afectada), hasta la llegada de los servicios médicos de emergencia.

Para que las posibilidades de supervivencia ante un paro cardíaco repentino sean óptimas, se debe realizar de forma inmediata una resucitación cardiopulmonar (RCP) que permita mantener el flujo necesario de sangre oxigenada al cerebro  hasta que se restablezca el ritmo cardíaco normal mediante la descarga eléctrica suministrada por un desfibrilador.  El tiempo máximo para aplicar la desfibrilación a una persona que ha sufrido un paro cardíaco repentino es de un máximo de 5 minutos.

Hay identificados cuatro pasos críticos para tratar el paro cardíaco repentino, denominados Cadena de Supervivencia:

  1. Reconocimiento y llamada al servicio de emergencia.
  2. Una rápida resucitación cardiopulmonar (RCP).
  3. Desfibrilación temprana.
  4. SVA y cuidados post-resucitación

En Europa, el paro cardíaco es una de las primeras causas de mortalidad y en España se dan más 40.000 por año. En nuestro país, tras una enfermedad cardiaca, el índice de salvación se sitúa en un 4 por 100 mientras en EEUU se sitúa ya en un 50 por 100, gracias a la implantación masiva de Desfibriladores. El plazo de intervención para salvar a una víctima es de no más de 4-5 minutos. Además, por cada minuto que se pierde, hay un 10 por 100 menos de probabilidad de supervivencia.

 

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