Decreto 78/2017 — Instalación y utilización de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario en la Comunidad de Madrid
Normativa madrileña que regula la obligatoriedad de desfibriladores en espacios de gran afluencia y los requisitos para su instalación, uso y mantenimiento.
Documento PDF no disponible todavía. Estamos recopilando los textos legislativos completos. Mientras tanto, puedes consultar el BOE o el boletín oficial de Madrid para el texto íntegro.
Puntos clave
Lo que debes saber
Obligatorio en centros comerciales (>2.500 m²), instalaciones deportivas, centros de transporte y centros educativos.
Formación mínima de 8 horas con prácticas de SVB/DESA.
Registro en el Registro de Desfibriladores de la Comunidad de Madrid.
Señalización visible y accesible las 24 horas.
Sanciones de hasta 600.000 € por incumplimiento grave.
Cumplimiento normativo
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