Real Decreto 365/2009 — Condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario
Marco normativo estatal que establece las condiciones mínimas para la instalación y uso de desfibriladores externos automáticos y semiautomáticos (DEA/DESA) en espacios públicos fuera del ámbito sanitario. Define los requisitos de formación para su uso y las obligaciones de registro y mantenimiento.
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Puntos clave
Lo que debes saber
Establece las condiciones mínimas de seguridad y calidad para el uso de DEA/DESA fuera del ámbito sanitario.
Define los requisitos de formación necesarios para operar un desfibrilador externo.
Obliga al registro de los dispositivos ante la autoridad sanitaria competente.
Las comunidades autónomas pueden desarrollar legislación propia más específica.
Establece las obligaciones de mantenimiento y señalización de los equipos.
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